viernes, 13 de mayo de 2011

Comité de Democracia aprueba proyecto del MSM para modificación Ley Electoral

"Esto es alentador ahora corresponde a la Comisión de Constitución, tratar este asunto", dijo EL diputado DEL MSM-MAS, Fabián Yaksic Feraudy.

El Comité de Democracia y Sistema Electoral de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto modificatorio de la Ley de Régimen Electoral presentado por el diputado del Movimiento Sin Miedo (MSM-MAS), Fabián Yaksic.

En la parte resolutiva, el informe señala: "el Comité de Democracia y Sistema Electoral recomienda la Aprobación del Proyecto de Ley Nº 465 modificaciones a la Ley 626 del Régimen Electoral y la Ley 9025 del órgano Judicial del diputado proyectista Fabián II Yaksic"
La recomendación fue suscrita por dos de los tres miembros del Comité, los diputados Carlos Subirana G y Maida Paz Callau, quienes analizaron los alegatos expuestos por el diputado Yaksic y consideraron que el artículo 82 (prohibiciones) de la Ley de Régimen Electoral contradice lo expresado en el capítulo Tercero, sección I, artículo 21, numeral 5 de la Constitución Política del Estado.

"Esto es alentador en la medida que es el Comité al que fue derivado nuestro proyecto haya aprobado nuestra iniciativa legislativa y lo que corresponde a la Comisión de Constitución, teniendo este informe de aprobación, es considerarlo a la brevedad posible antes de que el Órgano Electoral emita alguna convocatoria o se publique el Reglamento y ojalá aprobar nuestra propuesta porque contribuiría enormemente a despejar estas susceptibilidades, contradicciones e inconstitucionalidades que está provocando el texto de la Ley Electoral", dijo.

Según el asambleísta, la Comisión tenía quince días calendario para tratar su iniciativa legislativa y pronunciarse; por tanto, habiéndose pronunciado ya el Comité, corresponde que esa instancia trate en su próxima sesión dicho informe.

Yaksic aseguró que la aprobación del Proyecto de Ley contribuiría a levantar las restricciones a la libertad de información y opinión, lograr mayor tiempo para el proceso de postulación, de modo que el calendario tan apretado no obligue a la Asamblea Legislativa a hacer un trabajo precipitado y con una pobre participación ciudadana.

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