jueves, 3 de febrero de 2011

Maestros: Faltan 34 reglamentos para aplicar Ley educativa en su totalidad

Dirigentes de la Confederación de Maestros Urbanos aseguran que la ley Avelino Siñani - Elizardo Pérez será aplicada de manera gradual, de acuerdo al avance en la elaboración de reglamentos por parte de los diferentes actores implicados en la nueva norma.

La Ley Avelino Siñani - Elizardo Pérez requiere de 34 reglamentos para ser aplicada en su totalidad, por lo que esta nueva norma que reemplazó a la Reforma Educativa será completada dentro de dos años, informó la dirigencia de la Confederación de Maestros Urbanos de Bolivia.

El secretario de Organización de los maestros urbanos, Adrián Quelca, dijo que la aplicación de la ley educativa será gradual y que al modo de ver de la dirigencia magisteril varias cosas fundamentales van a ser aplicadas "no precisamente este año, sino el 2012 o el 2013".

Las labores escolares comenzaron el martes 1 de febrero pasado y según denunciaron varios maestros, la Ley Educativa promulgada en diciembre del pasado año no comenzó a ser aplicada en primero de Primaria y primero de Secundaria y ni existe un currículo renovado. El ministro de Educación, Roberto Aguilar, sostuvo reiteradamente que los cambios al sistema educativo serían graduales y en el presente año lectivo sólo se aplicarán tres modificaciones de forma.

Quelca dijo al respecto que aún no se elaboraron los reglamentos específicos de esta ley, por ello aseguró que mientras no se tengan todos estos documentos aprobados se continuará trabajando con las anteriores normas que rigen el accionar de este sector.

Apuntó que entre los 34 reglamentos, se encuentra el de reglamento de organización curricular, que permitirá definir los contenidos, recursos, metodología y evaluación dentro del aula.

Dijo que otro reglamento prioritario es el de la participación social comunitaria, que establecerá las competencias y la participación que tienen los padres de familia en el proceso educativo.

Explicó que con esta reglamentación los padres no podrán involucrarse en el trabajo pedagógico, que pasa a ser de exclusiva atribución de los maestros.

Puntualizó que la creación de todos estos reglamentos lo deben hacer todos los actores involucrados en la ley. Dijo que si un reglamento implica, por ejemplo, a las unidades educativas privadas, son éstas las que junto a su organización deben avanzar en la elaboración de su precepto.

El dirigente aseguró que esta confederación definirá el cronograma de elaboración de los reglamentos que le competen en una Conferencia Nacional Ordinaria del Magisterio Urbano, prevista para el 25 de febrero próximo.

Entre los reglamentos que se deben elaborar para implementar completamente, Quelca dio a conocer los siguientes:

1. De educación técnica y humanística en educación alternativa y especial.
2. De los centros de capacitación técnica.
3. De la educación permanente no escolarizada.
4. De la inserción laboral de los egresados de las escuelas superiores de formación de maestros y maestras.
5. De la formación post gradual.
6. De la formación continua de maestros y maestras.
7. De la estructura institucional de la formación superior técnica y tecnológica.
8. De la gestión institucional de la formación técnica y tecnológica.
9. De los planes y programas de centros de capacitación de institutos de formación artística y escuelas interculturales.
10. De la organización curricular.
11. Del nivel departamental de la gestión del sistema educativo plurinacional.
12. De las designaciones y funciones de autoridades departamentales y distritales.
13. Del diploma de bachiller.
14. De la certificación de competencias.
15. Del Observatorio Plurinacional de la Calidad Educativa. (Instancia que evaluará la calidad educativa de todos los centros de enseñanza).
16. De la estructura de apoyo de los servicios técnicos y recursos.
17. Del Instituto Plurinacional de Estudio de Lenguas y Culturas.
18. De la participación social comunitaria.
19. De las instancias de participación social comunitaria. (Establece la creación del Congreso Plurinacional de la Educación).
20. De las disposiciones transitorias.
21. De la transformación de Institutos, Academias y Escuelas de Bellas Artes del país.
22. De la institucionalización.

ANF

No hay comentarios:

Publicar un comentario